Los Personeros , son representantes acreditados de las organizaciones políticas que participan en estas elecciones.
Los personeros de mesa son ciudadanos comprometidos con la defensa del voto y la realización de elecciones limpias . Pueden impugnar los votos e identidad de electores. Asimismo, pueden firmar las cédulas de sufragio y las actas electorales si así lo desean.
Tienen derecho a recibir una copia del Acta Electoral.
DERECHOS DE LOS PERSONEROS ( Art. 153 LOE 26859 )
1.- Suscribir el acta de instalación , si así lo desean.
2.- Concurrir a la preparación y al acondicionamiento de la cámara secreta, si así lo desean.
3. - Puedes firmar las cédulas de sufragio y las actas electorales si así lo desean.
4.- Verificar que los electores ingresen solos a las cámaras secretas.
5.- Presenciar la lectura de los votos.
6.- Examinar el contenido de las cédulas de sufragio leídas.
7.- Formular observaciones o reclamos durante el acto de sufragio.
8.- Suscribir el acta de Sufragio, si así lo desean.
9.- Suscribir la lista de electores, si así lo desean.
10.-Es derecho principal del personero ante la mesa de sufragio, obtener un acta suscrita por los miembros de mesa.
PROHIBICIONES DE PERSONEROS ( Art. 154 LOE 26859 )
1.- Interrogar a los electores sobre su preferencia electoral.
2.-Mantener conversación o discutir entre ellos, con los electores o con los miembros de mesa durante la votación.
3.-Interrumpir el escrutinio o solicitar la revisión de decisiones adoptadas por la mesa de sufragio cuando no se encontraba presente.
( Art. 154 LOE 26859 )
LOS PERSONEROS QUE POR CUALQUIER MOTIVO TUVIERAN QUE AUSENTARSE DE LA MESA DE SUFRAGIO O FUERAN EXCLUIDOS PUEDEN SER REEMPLAZADOS POR OTRO PERSONERO DE LA MISMA ORGANIZACIÓN POLITICA, PREVIA COORDINACION CON EL PERSONERO DEL CENTRO DE VOTACION Y PRESENTACION DE SUS CREDENCIALES. (Art. 156 LOE 26859 )
CASOS ESPECIALES DURANTE LA VOTACION
EL ELECTOR SI VOTA CUANDO:
a) EL ELECTOR HA SIDO SUPLANTADO
El elector sí vota cuando el Presidente de Mesa comprueba la identidad del elector, pese a que otro elector ya haya votado con el mismo numero de DNI. Entonces:
1.- Se anota el Nro de DNI y el nombre en el espacio de observaciones al final de la lista de electores.
2.- El elector firma y coloca su huella digital.,
3.-Se retiene el DNI. y se coloca en el sobre de retención de DNI, para luego enviarlo en el sobre celeste al JEE.
4.-Se le entrega al elector el cargo de retención.
b) HAY ERROR DE NOMBRE EN LA LISTA DE ELECTORES.
c) EL MIEMBRO DE MESA NO ASISTIO A LA INSTALACION
EL ELECTOR NO VOTA CUANDO:
A) EL NUMERO DEL DNI. APARECE CANCELADO. Solo se le expide una constancia de asistencia.
B) LOS DATOS DEL ELECTOR NO APARECEN EN LA LISTA DE ELECTORES. Solo se le expide una constancia de asistencia.
C) EL ELECTOR NO HA SIDO PLENAMENTE IDENTIFICADO,(por error de impresión) Solo se le expide una constancia de asistencia.
D) EL ELECTOR PRETENDE SUPLANTAR A OTRO. Se le retiene el DNI y se le hace detener con la PNP o FFAA.y se dá cuenta a la Fiscalía de turno.
E) EL ELECTOR QUE TIENE PINTADO SU DEDO CON TINTA INDELEBLE. Existe la presunción que ya voto. Se le retiene el DNI y se le hace detener con la PNP o FFAA. y se da cuenta a la Fiscalía de turno.
ORIENTACIONES BASICAS
1.-Los Miembros de Mesa titulares y suplentes deberán presentarse al local de votación a más tardara las 7.30 a.m. , indicando que la mesa debe de ser instalada a las 8.00 a.m. con los tres titulares y si hasta las 8.30 a.m. no se presentan los miembros titulares, asumirán sus cargos los suplentes.
2.-El personero deberá portar su credencial y entregar una copia a los Miembros de Mesa, con su DNI. a fin de verificar su identidad. Los personeros podrán presenciar y verificar el acto electoral desde la instalación de la mesa, hasta el término del escrutinio.
3.-Solo pueden votar los ciudadanos que tienen DNI, y se encuentre inscrito en la lista de electores de la mesa .